MISION

Somos estudiantes de la licenciatura en Ciencias Jurídicas de la Universidad de El Salvador interesados en informar al público en general, la realidad que vivio nuestro pueblo, durante el conflicto armado, mediante la investigación de organismos dirigidos a la búsqueda de la paz social y al esclarecimiento de todos los actos de barbarie cometidos durante y finalizado el conflicto armado en El Salvador. Somos personas que va por la vida guiandoce por principios y valores de conciencia social y amor por el prójimo. Todo con el anhelo de dar un aporte a nuestra sociedad para que estos tengan un análisis critico en la búsqueda de la paz y el bien común.

VISION

Formar en la población Salvadoreña y en general a todo aquel que acceda a esta información la posibilidad de conocer los organismos que ayudaron a la investigacón de todos aquellos actos inhumanos cometidos contra el pueblo salvadoreño antes y después de conflicto armado, que con el tiempo las personas entiendan y se interesen por conocer mas sobre estos organismos y refleccionen por medio de la conciencia y puedan crear un análisis critíco sobre los acontecimientos que ocasionaron la guerra y los efectos de esta.

jueves, 18 de noviembre de 2010

DE LA LOCURA A LA ESPERANZA


 
"DE LA LOCURA A LA ESPERANZA"

La Organización de Naciones Unidas, a través de sus delegados en El Salvador, ha subtitulado el informe de la Comisión de la Verdad con la Expresión: De la locura – A la esperanza.

La Comisión de la Verdad de El Salvador surgió como resultado de los Acuerdos de Paz de El Salvador negociados en más de tres años (1989-1992) entre el gobierno de El Salvador y el movimiento guerrillero Frente Farabúndo Martí para la Liberación Nacional, FMLN, que estuvieron enfrentados durante todo ese período. Las negociaciones se llevaron a cabo con el auspicio de las Naciones Unidas, y la colaboración de Colombia, México, España y Venezuela y culminaron en el Acuerdo de Paz firmado en Chapultepec, México, el 16 de enero de 1992.

MIEMBROS QUE CONFORMARON LA COMISIÓN DE LA VERDAD



·         Reinaldo Figueredo Planchart. (Congresista venezolano)


·         Belisario Betancur. (Ex Presidente de Colombia) 


·         Thomas Buergenthal. Estadounidense. Juez. (Ex Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos)

FUNCIONES PARA EL CUMPLIMIENTO DE SU COMPETENCIA

Recopilar, en original  toda la información documental que sea posible, impresa o audiovisual que se encontrare en bibliotecas, centros de documentación o entidades públicas o privadas, nacionales e internacionales, o en poder de particulares, y organizar, con la colaboración del Archivo Nacional, el Centro de Documentación de la Comisión. Dichos documentos serán accesibles a toda persona que desee consultarlos para su información o sus investigaciones, salvo aquella que, para preservar la seguridad, la privacidad y la dignidad de las víctimas o de los victimarios, la Comisión considere de carácter reservado.

Invitar, personalmente o por los medios de comunicación, a todas las personas que hayan participado directa o indirectamente en los conflictos, y a quienes se consideren víctimas de los mismos o hayan sido testigos de graves violaciones de los derechos humanos, para que suministren a la Comisión las informaciones y los documentos correspondientes.

Recibir en audiencia a toda persona que desee informar o emitir conceptos, análisis o juicios ante la Comisión, sobre los hechos que son de su competencia. Estas audiencias se desarrollarán en el marco de la mayor confidencialidad y secretismo. Los nombres de los informantes, sean víctimas, victimarios, testigos, allegados o de cualquier otra índole, no aparecerán en los documentos de conocimiento público de la Comisión sin su expreso consentimiento escrito.

Citar a declarar a toda persona que la Comisión considere que puede suministrar información sobre los hechos de su competencia, sin que esto implique ningún grado de sospecha o inculpación. Si la persona lo solicita, podrá hacer su declaración por escrito, con base en el formulario que la Comisión le hará llegar previamente. Si la persona se negare a declarar, la Comisión podrá emplazarla y solicitar la colaboración de las autoridades competentes para asegurar su comparecencia.

Realizar los trabajos de campo que el desarrollo de las investigaciones aconseje. Para estos trabajos, la Comisión podrá solicitar la colaboración de los organismos de investigación del Estado: Fiscalía, Procuraduría, Contraloría, Defensoría del Pueblo, etc., y suscribir convenios con establecimientos académicos y de investigación.

etc...  Para conocer más sobre las funciones visita el siguiente link:












 
COMPETENCIAS DE LA COMISIÓN
  • Investigar los hechos más graves y de mayor impacto social de las violaciones de los derechos humanos por los actores del conflicto, sin discriminación alguna.
  •  Analizar la fenomenología de la violencia, así como sus causas próximas y remotas.
  •  Identificar y caracterizar política y sociológicamente a los victimarios y a las víctimas, y establecer las secuelas físicas, psicológicas, morales, económicas y sociales que tales hechos les han causado. Dichas investigaciones y análisis deben ser llevados a cabo con toda objetividad, equidad e imparcialidad, y ceñidos al rigor de la investigación científica.     

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